Pre y postnatal en Chile

Babytuto

8 de julio de 2013

En el recuerdo quedó el descanso de seis semanas de prenatal y 12 de postnatal exclusivo para las madres. Actualmente, se extendió este periodo. El portal Chile Crece Contigo indica que hoy en día el permiso  postnatal y prenatal tiene distintas modalidades:
  • Prenatal Prolongado: procede en caso de que la mujer presente una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las 6 semanas de prenatal.
  • Prenatal: 6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto.
  • Prorrogado o Suplementario: procede si el parto se produce después de las 6 semanas siguientes a la fecha en que la mujer comience su descanso de maternidad.
  • Postnatal: 12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento del/la hijo/a.
  • Permiso de Postnatal Prolongado: procede si como consecuencia del parto se produjere en la mujer una enfermedad, comprobada con certificado médico, que le impide regresar al trabajo.
Por disposición expresa de la ley, estos derechos son irrenunciables por parte de la trabajadora, quedando prohibido el trabajo de las embarazadas y puérparas durante dichos periodos. Asimismo el portal indica que el derecho al descanso, pre, post natal y post natal parental, se tiene sin importar la fecha de ingreso al trabajo:
  • Permiso de Postnatal Parental: consiste en el derecho a descanso de maternidad, por un período que comienza a  continuación del período de postnatal (una vez cumplidas las 12 semanas después del parto), y que puede ejercerse de las siguientes maneras:
    • A. 12 semanas a jornada completa, con 100% subsidio con tope de 66 UF brutas
    • B. 18 semanas a media jornada, con un 50% de subsidio correspondiente
Se debe avisar al empleador 30 días antes de comenzar el postnatal parental mediante una carta certificada indicando la forma en la cual se realizará. Sí se desea traspasar el postnatal parental al padre:
  • Ambos padres deben ser trabajadores.
  • La decisión es de la madre.
  • Puedes traspasar hasta 6 de tus 12 semanas de postnatal parental jornada completa, o bien hasta 12 de las 18 semanas de postnatal parental de jornada parcial.
Las trabajadoras y trabajadores del sector privado deberán enviar copia de dicho aviso a la Inspección del Trabajo. Si no se realiza la notificación, se entenderá que se hará uso de tu derecho a utilizar el posnatal parental por 12 semanas completas Siempre hay que recordar acreditar el embarazo con un certificado del médico o matrona para hacer uso de los permisos prenatal, postnatal y postnatal parental. Este nuevo postnatal puede ser tomado por trabajadoras dependientes, quienes necesitan tener seis meses de afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y tres o más cotizaciones previsionales, continuas o discontinuas, dentro de los seis meses anteriores al prenatal. Además, deben estar afiliadas a Fonasa o a una Isapre. En cuanto a las trabajadoras que coticen de forma independiente o modalidad honorarios necesitan tener un año de afiliación a una AFP, y seis o más cotizaciones previsionales continuas o discontinuas, dentro de los doce meses anteriores al prenatal, además de estar afiliadas a Fonasa o a una Isapre. Por otra parte, las trabajadoras temporeras por obra, servicio o faena también pueden acceder al nuevo postnatal. Para solicitarlo, tienen que estar cesantes al momento de iniciar el prenatal (seis semanas antes del parto), además de cumplir los siguientes requisitos antes de quedar embarazadas:
  • Acreditar un año mínimo de afiliación en una AFP y Fonasa o Isapre.
  • Contar con ocho o más cotizaciones previsionales (continuas o discontinuas) como trabajadoras dependientes, dentro de los últimos 24 meses.
  • La última cotización puede ser bajo cualquier tipo de contrato a plazo fijo, por obra o faena determinada.
¿Cómo sé el monto del subsidio? Equivale al total de las remuneraciones y asignaciones que la trabajadora perciba, del que se deducirán las imposiciones de previsión. Su tope corresponde actualmente a 66 UF. Tienen derecho a subsidio: Las trabajadoras dependientes que cumplan con:
  • Contar con  6 meses de afiliación previsional.
  • Tener 3 cotizaciones en los 6 meses anteriores a la licencia.
Lastrabajadoras independientesque cumplan con:
  •  12 meses de afiliación previsional.
  •  6 cotizaciones en los 12 meses, continuos o no, anteriores al inicio de la licencia.
  • Haber pagado la cotización del mes anterior a la licencia.
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